notas sobre genesis 6.3
3Y dijo Jehová: No contenderá mi espíritu con el hombre para siempre, porque ciertamente él es carne; mas serán sus días ciento veinte años
La palabra hebrea contenderá (3, yadon) tiene diversas acepciones. Cierta versión (KJV) se apoya sobre el significado de “juzgar, restringir”. Pero la formación del verbo podría indicar raíces que impliquen “permanencia”, “ser humillado”, o si se retrocede al acadiano,* “escudo”, “protección”. Sea contender o “escudo”, están de acuerdo con el contexto. El hombre no iba a ser mimado sólo porque ciertamente él es carne. Y fue puesto a prueba por ciento veinte años.
con un diluvio.
6:3. No contenderá mi espíritu con el hombre para siempre: Aun la paciencia de Dios se agota, y El cesa de luchar con el espíritu del hombre, tratando de hacer que rectifique su vida.
Serán sus días ciento y veinte años: Este pasaje ha sido entendido como una limitación de la vida de cada hombre a 120 años. En contra de esto ha de señalarse que después del diluvio ciertos hombres vivieron más que 120 años: Noé mismo (9:29); Taré (11:32); Abraham (25:7); Isaac (35:28); Jacob (47:9, 28). Se refiere más bien al plazo de 120 años que Dios extendió a los hombres para que se arrepintieran, antes que El trajera el diluvio (y así interpretan K y D, Terry, Carroll, Watts, etc.).
Este versículo nos habla del desagrado de Dios.
I. La resolución de Dios de no contender por su Espíritu con el hombre para siempre. Nótese: 1. Que el Espíritu Santo contiende con los pecadores por medio de la convicción de pecado, advirtiéndoles por medio de su conciencia, para que se vuelvan a Dios y dejen el pecado. 2. Si el Espíritu es resistido, apagado y contrarrestado, aunque contienda por largo tiempo, no contenderá para siempre (Os. 4:17).
II. La razón de esta resolución: Porque ciertamente Él es carne, es decir, incurablemente corrompido, carnal y sensual. Nótese: 1. Es su naturaleza corrompida, y la inclinación de su alma hacia la carne, lo que se opone a la pugna del Espíritu y la vuelve ineficaz. 2. Nadie es desechado por el Espíritu, sino el que antes ha desechado al Espíritu.
III. No obstante, hay una prórroga: Serán sus días ciento veinte años, esto es, le quedan 120 años para arrepentirse, después de los cuales cumpliré mi resolución. Nótese que el tiempo de la paciencia y de la longanimidad de Dios para con los rebeldes pecadores es, a veces, largo, pero siempre es limitado; no es lo mismo prórroga que perdón.