El Gobierno de la Iglesia 2º Parte. II.

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I. El poder y autoridad de la Iglesia.

1. El poder de las llaves del reino.

Dios ha encargado a los oficiales (específicamente: ancianos y pastores) el poder de las llaves del Reino:
Mateo 16:15–19 RVR60
15 El les dijo: Y vosotros, ¿quién decís que soy yo? 16 Respondiendo Simón Pedro, dijo: Tú eres el Cristo, el Hijo del Dios viviente. 17 Entonces le respondió Jesús: Bienaventurado eres, Simón, hijo de Jonás, porque no te lo reveló carne ni sangre, sino mi Padre que está en los cielos. 18 Y yo también te digo, que tú eres Pedro, y sobre esta roca edificaré mi iglesia; y las puertas del Hades no prevalecerán contra ella. 19 Y a ti te daré las llaves del reino de los cielos; y todo lo que atares en la tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la tierra será desatado en los cielos.
Mateo 18:15–20 RVR60
15 Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano.16 Mas si no te oyere, toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra.17 Si no los oyere a ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y publicano.18 De cierto os digo que todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, será desatado en el cielo.19 Otra vez os digo, que si dos de vosotros se pusieren de acuerdo en la tierra acerca de cualquiera cosa que pidieren, les será hecho por mi Padre que está en los cielos.20 Porque donde están dos o tres congregados en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos.
Juan 20:19–23 RVR60
19 Cuando llegó la noche de aquel mismo día, el primero de la semana, estando las puertas cerradas en el lugar donde los discípulos estaban reunidos por miedo de los judíos, vino Jesús, y puesto en medio, les dijo: Paz a vosotros. 20 Y cuando les hubo dicho esto, les mostró las manos y el costado. Y los discípulos se regocijaron viendo al Señor. 21 Entonces Jesús les dijo otra vez: Paz a vosotros. Como me envió el Padre, así también yo os envío. 22 Y habiendo dicho esto, sopló, y les dijo: Recibid el Espíritu Santo. 23 A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos.
¿En qué consiste este poder? Nuestra confesión lo explica de la siguiente manera en el Cap. 30:
Los estándares de Westminster y la forma de gobierno de Westminster (Capítulo Treinta: De las censuras eclesiásticas)
CAPÍTULO TREINTA
De las censuras eclesiásticas.
1. El Señor Jesús, como Rey y Cabeza de su iglesia, ha designado en ella, un gobierno en mano de los oficiales eclesiásticos, distintos del magistrado civil.
2 A estos oficiales se les ha encargado las llaves del Reino de los Cielos, en virtud de lo cual, tienen poder, respectivamente, para retener y remitir los pecados, para cerrar aquel Reino a los que no se arrepienten, tanto por la Palabra como por las censuras; y para abrirlo a los pecadores arrepentidos, por medio del ministerio del Evangelio, y mediante la absolución de las censuras, según lo requieran las circunstancias.
3 Las censuras eclesiásticas son necesarias, para rescatar y ganar a los hermanos ofensores, para disuadir a otros de ofensas similares, para purificar de aquella levadura que puede infectar a toda la masa, para vindicar el honor de Cristo y la santa profesión del Evangelio; y para prevenir la ira de Dios, que con justicia podría caer sobre la iglesia, si ésta consintiera que el Pacto del Señor y sus sellos sean profanados por ofensores notorios y obstinados.
4 Para el mejor logro de estos fines, los oficiales de la iglesia deben proceder mediante la amonestación, a la suspensión del sacramento de la Santa Cena por un tiempo, y mediante la excomunión de la iglesia, según sea la naturaleza del crimen y el desmerecimiento de la persona.564

II. Principios fundamentales del gobierno presbiteriano.

1. Cristo es la cabeza de la Iglesia y la fuente de toda su autoridad.

En cuanto a esto hay al menos tres errores que se han cometido:
Se ha considerado al Papa como la cabeza de la Iglesia.
El estado o el rey ha sido considerado como cabeza de la Iglesia.
Una Iglesia central o cuerpo gobernante mundial que tiene primacía sobre el resto de la Iglesia.
Es solo al Señor el que le corresponde ser cabeza de su Iglesia. El gobierna, dirige y sustenta a su Iglesia.
Mateo 28:18 RVR60
18 Y Jesús se acercó y les habló diciendo: Toda potestad me es dada en el cielo y en la tierra.
Efesios 1:20–22 RVR60
20 la cual operó en Cristo, resucitándole de los muertos y sentándole a su diestra en los lugares celestiales,21 sobre todo principado y autoridad y poder y señorío, y sobre todo nombre que se nombra, no sólo en este siglo, sino también en el venidero;22 y sometió todas las cosas bajo sus pies, y lo dio por cabeza sobre todas las cosas a la iglesia,
Efesios 5:30 RVR60
30 porque somos miembros de su cuerpo, de su carne y de sus huesos.
Colosenses 2:19 RVR60
19 y no asiéndose de la Cabeza, en virtud de quien todo el cuerpo, nutriéndose y uniéndose por las coyunturas y ligamentos, crece con el crecimiento que da Dios.

2. Cristo ejerce Su autoridad por medio de Su Palabra Real.

A diferencia de los gobiernos humanos Cristo no gobierna por el uso de la fuerza si no que lo hace: 1. Subjetivamente por su Espíritu, y 2. Objetivamente por medio de su Palabra.
2 Timoteo 3:16–17 RVR60
16 Toda la Escritura es inspirada por Dios, y útil para enseñar, para redargüir, para corregir, para instruir en justicia, 17 a fin de que el hombre de Dios sea perfecto, enteramente preparado para toda buena obra.

3. Cristo como Rey ha dotado a la Iglesia con poder.

En cuanto a esto surge la pregunta: ¿Quienes son los sujetos primeros y apropiados del poder de la Iglesia? Ante esto existen varias respuestas:
Los católicos y los anglicanos dirían: a los oficiales de la Iglesia como una clase separada del resto de los miembros en general y que estos últimos nada tendrían que aportar u opinar.
Por otra parte, aquellos que se oponen a la existencia de oficiales en el día de hoy dirían que todo el poder se ejerce en la congregación sin distinción de responsabilidades.
Sin embargo existe una postura que más se acerca a las Escrituras, la cual está expresada de manera clara por el teólogo Louis Berkhof:
Teología Sistemática 3. CRISTO COMO REY HA DOTADO A LA IGLESIA CON PODER

el poder eclesiástico está consagrado por Cristo a la Iglesia en su conjunto, esto es, a los miembros comunes y los oficiales por igual; pero además de eso los oficiales reciben una medida adicional de poder requerido para el desempeño de sus deberes respectivos en la Iglesia de Cristo. Participan en el poder original concedido sobre la Iglesia y reciben su autoridad y su poder como oficiales directamente de Cristo. Son representantes, pero no meros delegados del pueblo. Los antiguos teólogos solían decir: «Todo el poder de la Iglesia, en actu primo, o fundamentalmente, está en la Iglesia en sí; en actu secundo, o su ejercicio, en aquellos que son especialmente llamados a eso»

4. Cristo proveyó para el ejercicio específico de este poder por medio de los órganos representativos.

Como decíamos, El Señor ha dotado este poder a toda la Iglesia pero ha establecido los oficiales por los cuales se ejerce esta autoridad.
Estos oficiales son reconocidos por la congregación, lo cual es una confirmación del llamado de Dios para ellos, pero reciben su autoridad no de la congregación, si no directamente del Señor, quien es cabeza de la Iglesia.
Efesios 4:11 RVR60
11 Y él mismo constituyó a unos, apóstoles; a otros, profetas; a otros, evangelistas; a otros, pastores y maestros,
Aquí dice claramente que el Señor fue el que los instituyó.

5. El poder de la Iglesia reside principalmente en el cuerpo gobernante de la Iglesia Local

Aunque el gobierno presbiteriano reformado reconoce la necesidad de la conformación de un presbiterio (la unión de las Iglesias que comparten una misma confesión de fe y otras cosas) donde las Iglesias deben ponerse de acuerdo y reconoce la necesidad de manifestar una unión por medio de una cooperación responsable entre las Iglesias y no solamente un compañerismo, el poder de la Iglesia reside primeramente en el consistorio (es decir el grupo de ancianos y pastores de cada congregación), de esta manera se respeta la autonomía (que no es lo mismo que independencia) de cada congregación para gobernar sus asuntos locales.
Tito 1:5–6 RVR60
5 Por esta causa te dejé en Creta, para que corrigieses lo deficiente, y establecieses ancianos en cada ciudad, así como yo te mandé;6 el que fuere irreprensible, marido de una sola mujer, y tenga hijos creyentes que no estén acusados de disolución ni de rebeldía.
Cada congregación debe tener su consistorio conformado por los ancianos donde deben gobernar los asuntos locales.

Conclusión:

Podemos ver claramente como el gobierno presbiteriano busca reconocer la importancia de establecer un orden en la Iglesia de manera que manifieste la autoridad del Señor y lo que él ha establecido par ala edificación ordenada de la Iglesia.
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