Gobierno de la Iglesia presbiteriana
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Andrés: Un saludo para todos los que hoy se estan conectando con nosotros por las redes sociales en el lanzamiento de nuestro Podcast “Nuestra herencia Reformada” soy Andrés Espinoza y me acompaña hoy nuestro hermano Jhon Sandoval.
John: Un saludo para todos nuestros hermanos que se estan conectando, y si, ya este Lunes 1 de Noviembre salimos al aire a las 7 PM y podrán escuchar nuestro primer episodio donde estaremos hablando sobre nosotros y sobre el proposito de esta iniciativa que traemos para ustedes, que esperamos sea de bendición para la iglesia del Señor. Uno de los propósitos de este programa, es dar a conocer las doctrinas que caracterizan nuestras iglesia reformadas, por esto el titulo de este podcast es “Nuestra herencia Reformada”. Asi bienvenidos.
Este fin de semana es muy especial, no solo por que estamos lanzando este proyecto, sino porque celebramos 504 años de la reforma protestante, esta reforma inició con Martin Lutero el 31 de Octubre de 1517, Dios uso la protesta de este monje agustino contra los abusos de la Iglesia Católica Romana para iniciar un movimiento que hasta el día de hoy procura que solo la escritura sea la norma para todo asunto de fe y practica para la iglesia, un movimiento que proclama lo que la biblia enseña, que la salvación es solo por gracia, por medio de la fe en Cristo solamente, de manera que la gloria sea solo de Dios.
Andrés: Así es Jhon, Este es un día merece ser celebrado.
Y en esta primera conferencia de “nuestra herencia reformada”, hemos invitado a algunos pastores amigos que nos estarán recordando el legado que hemos recibido de la reforma, especialmente a partir de la redacción de la confesión de Westmisnter.
Antes de iniciar, les tenemos una buena noticia y es que nuestros hermanos de la librería palabra Inspirada y Coramdeo se han unido a nuestra celebración y van a ofrecer a todos nuestros oyentes descuentos super especiales.
Les dejamos en los comentarios, los links con los códigos de descuento y además les compartimos algunos títulos que recomendamos si desean profundizar en las doctrinas de la reforma. ----
Además la libreria CORAMdeo estará obsequiando un titulo entre las primeras 100 personas que se suscriban a nuestro podcast, deben hacerlo en la pagina nuestraherenciareformada.org solo es cuestión de introducir su correo electrónico y si sale ganador recibirá un correo electrónico para que nos deje sus datos y enviarle el libro.
Vamos iniciar con la historia de la iglesia presbiteriana. Para esto hemos invitado a nuestro querido hermano Mario Cely, él fue pastor durante 32 años en Bogotá. El y su querida esposa son miembros de la iglesia presbiteriana de la reforma en Bogotá.
El hermano Mario, trabaja hoy como director del seminario reformado. Tiene una maestría en Teología y Antropología Cultural y es Lic. en Filosofía y Letras. Es Autor de varios libros publicados por Editorial Clir.
Los dejo con nuestro querido hermano.
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Andres: Muchas Gracias al Dr. Mario Cely por su ofrecernos este panorama historico de la iglesia presbiteriana, y por exhortarnos por medio de la historia a seguir glorificando a Dios en medio de estos tiempos difíciles que estamos viviendo. Jhon que tal si presentas a nuestro próximo conferencista....
Jhon: Bueno claro que si, se trata del pastor Ageu Cirilo de Magalhães Jr. Bacharel em Teologia pelo Seminário Teológico Presbiteriano Rev. José Manoel da Conceição;
Bacharel em Teologia pela Escola Superior de Teologia da Universidade Presbiteriana Mackenzie;
Mestre em Teologia Sistemática (M.Div.) pelo Centro Presbiteriano de Pós-Graduação Andrew Jumper;
Mestrando em Liderança Cristã (M.A.) pelo CPAJ/Gordon College.
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Jhon: Gracias al Pastor por su exposición..... blala
Andrés: Ahora vamos a escuchar a nuestro hermano José Ángel Ramírez. él es Lic. En estudios teológicos del MINTS. Presbítero en la Iglesia Betania de la Reforma. Fue director académico de la Escuela Bíblica Nueva Providencia, y misionero en la sierra del Perú. Actualmente es docente y monitor del Seminario Reformado Latinoamericano, docente en la Escuela de Teología y Pensamiento Cristiano, y director de contenidos web en una pagina cristiana. Esta casado con Lizeth, y padre de Jeremías. Bienvenido hermano....
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Andrés: Muchas gracias a nuestro hermano por su exposición de las doctrinas presbiterianas.
Jhon: bueno si, ya hemos tenido tres conferencias el día hoy, esperamos que hayan sido de edificación y estimulo para su fe. Mañana estará con nosotros el pastor Alonzo ramirez y junto con el estaremos hablando de la adoración, el gobierno y la piuedad presbiteriana. No se lo pierdan.
Andrés. Recuerden suscribirse en nuestra pagina nuestraherenciareformada.org y participe en la rifa del libro que estará regalando la librería Coramdeo. Hasta el Martes Palabra Inspirada y Coramdeo estarán ofreciendo un 20 de descuento para los que se han unido a esta celebración, aprovechen, recuerden que en los comentarios dejaremos una lista de libros recomendados que usted puede comprar para su edificación.
Mañana a las 3 PM nos vemos una vez mas en nuestra herencia reformada.
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Esperamos esten teniendo un bendecido día del Señor.....
Jhon Saluda..... y me presenta.....
Me corresponde ahora hablar del gobierno de la iglesia Presbiteriana. Para esto me estaré apoyando en un discurso que dió Charles Hodge en la ciudad de Filadelfia, en 1855, en esta conferencia el expone de manera my clara los principios bíblicos del gobierno presbiteriano.
Debemos decir en primer lugar que existen por lo menos 4 posiciones respecto al gobierno de la iglesia
1. El gobierno de la Iglesia católica romana, esta iglesia enseña que Cristo, los apóstoles y los creyentes, son los que constituyen la iglesia desde que Jesus la estableció, por lo tanto esta organización de al iglesia debe ser perpetua.
Segun ellos, cuando Jesus resucito y fue ascendido en gloria, Pedro se convirtió en su Vicario o representante para la iglesia, es decir que este apóstol tomo su lugar como cabeza visible del cuerpo de Cristo en la tierra.
Esta preeminencia de Pedro, como obispo universal de la iglesia, continua hasta el día de hoy por medio de una larga tradición de sucesores llamados papas, quienes presiden un colegio de apóstoles que se denominan obispos. Ellos aseguran que así como en Iglesia primitiva nadie podía ser apóstol sin que estuviera sujeto a Cristo, así ahora nadie puede ser obispo sin estar sujeto al Papa. Y por implicación como nadie podía ser cristiano sin estar sujeto a Cristo y los apóstoles, tampoco ahora nadie puede ser cristiano sin estar sujeto al Papa y los obispos.
De manera que la iglesia Católica Romana, tiene un representante de Cristo en la tierra “El papa”, un cuerpo colegiado de Obispos que sucedieron a los apóstoles y el pueblo que se sujeta a este liderazgo que se considera infalible.
2. El gobierno Episcopal, afirma que la iglesia esta constituida por todos aquellos que profesan la fe verdadera y están sujetas a los apóstoles - obispos. En nuestro contexto latino, este es el tipo de gobierno que ha prevalecido, hay una autoridad en la iglesia local y todos deben someterse a ella.
3. El gobierno congregacionalista, enseña que el gobierno y el poder ejecutivo en la Iglesia está en la congregación, y que la organización de la Iglesia está completa en cada asamblea de creyentes, la cual es independiente de las demás iglesias. Este sistema de gobierno es abrazado por algunas iglesias bautistas.
4. El gobierno Presbiteriano, es el que vamos a tratar de explicar, estoy convencido por las escrituras que es el que mas se ajusta al orden de la iglesia primitiva y además tiene como contexto el sistema de gobierno de la iglesia del antiguo testamento.
Antes de hablar de lo que es el gobierno presbiteriano, vamos considerar lo que no es en contraste con las otras formas de gobierno:
No creemos que todo el poder de la iglesia recae en el clero o en el liderazgo.
No creemos que el ministerio apostólico es perpetuo.
Tampoco creemos que cada congregación cristiana individual es independiente.
Esto es lo que creemos....ahora veamos los principios de este sistema de gobierno:
Creemos que el pueblo tiene derecho a participar del gobierno de la Iglesia.
Creemos que que una pluralidad y paridad de presbíteros o pastores son los oficiales permanentes de la Iglesia.
Creemos que la Iglesia es una y no puede estar dividida, de manera que una iglesia local debe estar sujeta a otras que conforman un conjunto.
Veamos estos principios uno a uno:
I. El primer principio tiene que ver con el poder y los derechos del pueblo de Dios.
Como presbiterianos, creemos que la única cabeza de la iglesia es Cristo. El la gobierna por medio de su Espíritu y su palabra. Juan 16:7, 13. De manera que toda autoridad en la iglesia se deriva de Cristo, su palabra es la norma para ejercer dicha autoridad. Nuestro Señor Jesucristo ha dado a la iglesia autoridad para:
1. Confesar públicamente las verdades que cree. Estas verdades deben ser conocidas por todos en la iglesia (En la iglesia no hay iluminados con un conocimiento especial) Mateo 28:19-20. En consecuencia, la iglesia tiene la autoridad dada por Cristo para formular credos y confesiones de fe que den testimonio de la verdad y resistan el error. Al mismo tiempo tiene la autoridad de proclamar el evangelio a todas las naciones de la tierra… no tenemos que pedir permiso a ningún gobierno humano para evangelizar, nuestro Señor, el rey de los retes de la tierra nos ha dado tal autoridad en su nombre. La iglesia tambien tiene autoridad para enseñar a los creyentes todo lo que Jesus enseño y solamente lo que Jesus enseño, es decir todo el cuerpo de doctrina contenido en la palabra de Dios, para hacerlo la iglesia esta llamada a seleccionar maestros, reconocer su idoneidad, ordenarlos para esta tarea y enviarlos a la obra, tambien tiene la autoridad de deponer a estos maestros si son infieles a la palabra de Dios en su doctrina y práctica.
2. La Iglesia tiene la autoridad dada por Cristo para establecer el orden del servicio de adoración, cuidando que sea agradable a Dios, es decir que se conforme a la adoración establecida y regulada por él.
3. La iglesia tiene autoridad para establecer las normas de su gobierno, guardado los principios generales de la palabra de Dios.
4. La iglesia tambien posee las llaves del reino, es decir que tiene autoridad para recibir a la comunión de la iglesia a los que profesan la fe verdadera junto con sus hijos y tiene la autoridad para excluir de la iglesia a los impenitentes. .
Este poder que la iglesia tiene, no le pertenece exclusivamente al clero como afirma la iglesia católica romana, de ser así todo el pueblo estaría obligado a una obediencia pasiva en todos los asuntos de fe y práctica y se les negaría el derecho a ejercer su juicio privado.
Este poder se le confiere a toda la Iglesia, de manera que el pueblo tiene derecho participar de las decisiones en toda cuestión relativa a la doctrina, al servicio a Dios, al orden y a la disciplina eclesiástica. De manera que los oficiales de la iglesia son llamados por Dios y reconocidos por la iglesia para que estén al servicio de Cristo en su iglesia.
Hay que precisar varias cosas:
El poder del pueblo está sujeto a la autoridad infalible de la Palabra. Y el ejercicio de esta autoridad está en manos de oficiales debidamente constituidos que representan los intereses de la igelesia. Esto nos diferencia del congregacionalismo.
De manera que el presbiterianismo no disuelve los lazos de la autoridad, ni convierte la Iglesia en un desorden. Aunque la iglesia es librada de la autoridad autocrática de una jerarquía, sigue estando bajo la ley de Cristo. Está limitada en el ejercicio de su poder por la Palabra de Dios, que restringe la razón, el corazón y la conciencia. De esta manera dejamos de ser siervos de los hombres para convertirnos en siervos de Dios.
Los Reformadores, al regresar a los principios de la palabra, liberaron a la Iglesia de la tiranía del papado, pero no convirtieron a la iglesia en un caos, en el que cada hombre es ley para sí mismo y libre para creer y hacer lo que le place.
La Iglesia, en el ejercicio de su poder, siempre actúa bajo el gobierno del Espíritu y la palabra escrita de nuestro Santo Dios. Además el ejercicio de está autoridad esta en manos de oficiales legítimos reconocidos por la iglesia.
En este orden de ideas, es necesario aclarar que la Iglesia no es una democracia, donde todo se decide por voz popular. “Dios no es autor de confusión, sino de paz u orden” 1 Co 14.33
La Confesión de Westminster afirma:
XXX.1 El Señor Jesús, como Rey y Cabeza de su iglesia, ha designado en ella, un gobierno en mano de los oficiales eclesiásticos, distintos del magistrado civil.
La doctrina de que todo el poder civil reside en última instancia en el pueblo no es incompatible con la doctrina de que el poder está en manos de oficiales legítimos – legislativos, judiciales y ejecutivos – que han de actuar de acuerdo a la ley. Tampoco es incompatible con la doctrina de que la autoridad del magistrado civil fue delegado por Dios.
Así que la doctrina que confiere el poder de la Iglesia en la Iglesia misma no es incompatible con la doctrina de que hay una clase de oficiales nombrados por Dios, a través de los cual ese poder se ejerce de manera representativa.
De esta manera el principio de la libertad y el principio del orden son perfectamente armoniosos.
Al negar que todo el poder de la Iglesia resida exclusivamente en el clero y que el pueblo no pueda sino creer y obedecer, y al afirmar que reside en la Iglesia misma, al mismo tiempo que protestamos el gran principio de la libertad cristiana, protestamos el no menos importante principio de orden evangélico.
En nuestras iglesia, tenemos ancianos gobernantes que representan al pueblo de Dios. Ellos son elegidos por las iglesias locales para actuar en su nombre en el gobierno de la Iglesia. Las funciones de estos ancianos, determinan el poder del pueblo, porque un representante es aquel que ha sido elegido por los demás para ejercer las facultades que son inherentes al pueblo.
Las facultades de nuestros ancianos gobernantes son:
1. Ser una voz a pie de igualdad con los pastores o ancianos docentes en la formación y aprobación todos los estándares de fe subordinados a las escrituras (credos y confesiones). Según los presbiterianos, no es competencia de un cuerpo de pastores o presbíteros, determinar con autoridad el credo que ha de ser aceptado por la Iglesia, y que ha de convertirse en condición para la comunión ministerial o cristiana, sin el consentimiento del pueblo. Puesto que dichos credos profesan expresar la fe de la Iglesia, esta debe participar y lo hace represenytada en sus ancianos gobernantes.
Las confesión de westmisnter por ejemplo, fue un documento redactado por toda la iglesia. Y fue adoptada por el pueblo a través de sus representantes como expresión de su fe.
La iglesia tambien participa en la selección de los predicadores de la Palabra, la iglesia esta llamada a juzgar su idoneidad para el ministerio sagrado y decidir si han de ser o no ordenados al ministerio; debe además juzgar a los pastores que son acusados de herejía. En estas cosas el pueblo tiene un voto en pie de igualdad al ser representados en una corte eclesiástica por sus ancianos.
2. Los pastores tampoco pueden imponer una liturgia en la iglesia, o decidir por ellos mismos con quien entraran en comunión como iglesia. El pueblo representado en los ancianos, junto con sus pastores, deben dirigir estos asuntos.
3. Lo mismo aplica para ejercer la disciplina eclesiástica. El pueblo tiene una voz decisiva. En todos los casos de disciplina, ellos están llamados a juzgar y decidir siendo representados por sus ancianos.
4. De manera que el pueblo tiene derecho a participar de la disciplina y el gobierno de la iglesia. Este principio honra el sacerdocio de todos los creyentes y el hecho de que todos los creyentes son morada de del Espíritu de Dios.
El derecho del pueblo a participar del gobierno de la Iglesia es reconocido y sancionado por los apóstoles. La mayoría de las cartas apostólicas se dirigen a las iglesias, es decir, a los santos o creyentes de Corinto, Éfeso, Galacia, y Filipos. En estas epístolas, el pueblo es considerado responsable de la ortodoxia de sus pastores y de la pureza de los miembros de la iglesia. Están obligados a no creer a todo espíritu, sino juzgar si sus maestros fueron realmente enviados por Dios. Los gálatas son severamente censurados por atender a las falsas doctrinas, y están llamados a pronunciar incluso anatema al apóstol, si él predicaba otro evangelio. Los corintios son censurados por permitir que una persona incestuosa permanezca en su comunión, se les manda excomulgarlo, y, posteriormente, tras su arrepentimiento, restaurarlo a la comunión.
Estos ejemplos demuestran que el pueblo participa del gobierno de la iglesia- Aunque no dice nada sobre la manera que lo hacía. El mandamiento supervisar la ortodoxia de los ministros y la pureza de los miembros, no estaba dirigido exclusivamente a los pastores, sino a toda la Iglesia.
Creemos que, como en la sinagoga y en cada sociedad bien ordenada, los poderes inherentes a la sociedad se ejercen a través de los órganos apropiados. Pero el hecho de que estos mandamientos se dirijan al pueblo, o a toda la Iglesia, prueba que ellos eran responsables, y que tenían participación en el gobierno de la Iglesia.
Gradualmente, la iglesia en los primeros siglos se fue desviando de estos principios y el poder que pertenecía al pueblo fue absorbido por el clero y finalmente la iglesia se corrompió con la jerarquía papal.
El primer gran principio, del presbiterianismo es la reafirmación de la doctrina primitiva de la Iglesia, “que el poder pertenece a toda la Iglesia; para que este poder sea ejercido a través de los oficiales legítimos, es decir a través de ancianos gobernantes que son elegidos para representar al pueblo.
II. El segundo gran principio de presbiterianismo es que los presbíteros en su ministerio de la Palabra y la doctrina son los más altos oficiales de la Iglesia.
El ministerio para nosotros es una vocación, no una profesión que puede desempeñar cualquier hombre con la capacidad de hacerlo. Es una vocación que implica un llamado de parte de Dios y un reconocimiento oficial por parte de la iglesia, dicho reconocimiento esta basado en las calificaciones y el carácter que Dios demanda en Timoteo y Tito, solo si alguien cumple con estas condiciones puede ejercer esta vocación. Todo el que desee y tenga el llamado a esta vocación debe ser examinado y reconocido por la iglesia. Y el que ejerza así esta vocación debe hacerlo convencido de que tiene un llamado interno y que su autoridad se deriva de Cristo y no del pueblo que le reconoció.
Cristo es quien ha ordenado que hayan estos oficiales en su Iglesia –y específicamente les asigno sus deberes y prerrogativas – Efesios 4:11 , de manera que Cristo y no el pueblo, constituyó a sus ministros para que hablen en su nombre y por Su autoridad. Ellos deben enseñar la doctrina de los apóstoles, redargüir, reprender, exhortar con toda paciencia y doctrina.
Por su puesto, ellos son siervos de la Iglesia, puesto que trabajan para su servicio y estan sujetos a su autoridad – son siervos, no señores como dice Pablo en Hechos 20:28 y 1 Pedro 5:2-3 - Pero hacen esto sabiendo que su comisión y autoridad viene de Dios, no de la iglesia.
Sucede igual que en el cuerpo humano, el alma no reside en una sola parte excluyendo a las demás; de manera que la vida y el poder pertenece al cuerpo como un todo, pero cada miembro del cuerpo cumple su función; así Cristo habita por su Espíritu en la Iglesia y todo el poder pertenece a la Iglesia, pero el Espíritu que mora en la iglesia dá a cada miembro su función y su oficio.
De manera que los ministros no son designados por la Iglesia como tal más de lo que lo es el ojo por las manos y los pies. Esta es la ilustración que hace el Nuevo Testamento, y supone necesariamente que los ministros de la Iglesia son siervos de Cristo, elegidos y nombrados por Él a través del Espíritu Santo.
Estos ministros han recibido del Señor el encargo de administrar la palabra y los sacramentos. Son los órganos de la Iglesia que ejecutan la Gran Comisión de hacer discípulos de todas las naciones, enseñándolos, y bautizándolos en el nombre del Padre, Hijo y Espíritu Santo.
Estan llamados a gobernar la casa de Dios y son revestidos de autoridad para administrar las llaves del reino, abriendo y cerrando la puerta de la Iglesia. Si son enviado donde la Iglesia no existe, ellos ejercen su gobierno en la formación y fundación de la iglesia. Si trabajan en iglesias ya establecidas, ejercen este poder en concierto con otros presbíteros y con los ancianos del pueblo.
Es importante tener en cuenta esta distinción. Por necesidad ejercerá sus funciones en solitario sólo en una obra en formación; pero cuando está la obra formada, se asocia con otros ministros, y con los representantes del pueblo, y de esta manera no podrá más actuar en solitario en asuntos de gobierno y disciplina.
Vemos esto en la época apostólica. Los apóstoles, y los que habían sido ordenados por ellos, actuaron, en virtud de su cargo ministerial, en solitario en la fundación de iglesias, pero luego siempre actuaron en relación con otros ministros y ancianos.
De esto se trata el gobierno presbiteriano. Sabemos que los presbíteros estan revestidos de autoridad para gobernar la iglesia porque en las escrituras son llamados con varios títulos como: maestros, gobernantes, pastores, administradores, supervisores u obispos, embajadores y trestigos de Cristo. Ademas se les llama en las escrituras a enseñar la palabra privada y públicamente y por lo tanto deben ser aptos para enseñar, deben ser personas bien instruidas en las escrituras que sean capaces de estar bien de trazar bien la Palabra de Dios, deben además ser sólidos en la fe, capaces de resistir a los contradictores, capaces de gobernar sus propias familias, porque si un hombre no es capaz de gobernar su propia casa, ¿cómo puede tener cuidado de la Iglesia de Dios?. Para hacer esto es necesario que no sea un neófito o alguien recién convertidlo, sino un hombre probado, maduro, sobrio, vigilante, de de buena conducta y de buen testimonio para con los de afura.
Ellos tienen la autoridad dada por el Señor para predicar la Palabra, para apacentar la grey de Dios, guiarla como un pastor; deben trabajar en la edificación de los santos; velar por las almas como quienes han de dar cuenta a Dios, supervisar la Iglesia para guardarla contra falsos maestros, para esto fueron puestos como obispos.
Este oficio es de carácter permanente. A diferencia de los apostoles del Nuevo Testamento que fueron destinatarios de inspiración ocasional y ya que los dones de inspiración han cesado, este oficio tambien. Pero como el don de la enseñanza y del gobierno es permanente, también lo es el oficio de maestro y gobernante.
Como la Iglesia está encargada de hacer discípulos de todas las naciones, de predicar el evangelio a toda criatura; como los santos siempre necesitan ser alimentados y edificados en su santísima fe; la Iglesia siempre debe tener los oficiales que son los órganos divinamente designados para la realización de esta obra.
Por esta razón los apóstoles no sólo ordenaron presbíteros en cada ciudad, sino que dieron instrucciones para su ordenación en todos los tiempos posteriores, prescribiendo sus calificaciones y el modo de su nombramiento - no ves en la biblia ninguna instrucción para que la iglesia reconozca apóstoles o profetas en el Nuevo testamento. De manera que es el unico oficio de gobierno que permanece hasta hoy y por implicación es el oficio mas alto en la iglesia, seguido de los diáconos que tienen una función exclusivamente de servicio en la iglesia.
alguien podría estar preguntándose ¿como así que no hay apóstoles en la iglesia? Está claro en la Palabra que los apostoles fueron hombres comisionados por Cristo en persona, para ser sus testigos y poner en la iglesia el fundamento de nuestra fe Efesios 2:20. Para llevar a cavo esta obra ellos recibieron, en primer lugar, una completa revelación de las doctrinas del Evangelio; en segundo lugar, el don del Espíritu Santo, de manera que los hiciera infalibles en la comunicación de la verdad de Dios y en el ejercicio de su autoridad como gobernantes de la iglesia; en tercer lugar, el don de hacer milagros para confirmar su misión, y el de comunicar el Espíritu Santo por la imposición de sus manos. Los apóstoles son hasta el día de hoy la autoridad absoluta sobre la iglesia en todos los asuntos de fe y conducta; en segundo lugar, una autoridad absoluta en la misma legislación para la Iglesia en cuanto a su constitución y leyes; en tercer lugar, ellos tienen la jurisdicción universal sobre todos los oficiales y miembros de la Iglesia del Señor.
Pablo, fue el ultimo apóstol, luego de que el Señor comisionó a 12. Pablo fue llamado por el mismo Señor y él aseguró tener una revelación completa del Evangelio, fue inspirado por el Espíritu del Señor y su autoridad sobre la iglesia de Cristo es absoluta. Los demás apóstoles le dieron su mano en señal de compañerismo, su mensaje es el mismo que el de los 12, aunque no lo recibió de ellos. Todas las señales del apostolado las tuvo el apóstol Pablo (2 Cor. 12:12).
De manera que la iglesia de Roma se aparta del fundamento apostólico y no puede ser llamada con justicia una iglesia apostólica, puesto que han abrazado la sucesión apostolica, atribuyéndole a otros hombres un poder que Cristo nunca les dió.
Hoy en nuestro país estamos no solo rodeados de obispos, sino tambien de pseudo apóstoles evangelicos, todos se apartaron del unico fundamento puesto por el Señor en la iglesia. Estas personas, ni han sido llamados por el Señor en persona, ni poseen las credenciales de un apostol. Son anatemas según el apostol Pablo.
De manera que la doctrina de un apostolado permanente en la Iglesia, no es un error solamente, sino un error destructivo.
la iglesia no debe tener temor de estos hombres, que en nuestro país lanzan maldiciones a las personas que no les reconocen. El pueblo de Dios solo debe lealtad a Cristo, solo nos inclinamos ante su autoridad. Nos sometemos a las enseñanzas infalibles de sus apóstoles inspirados; pero negamos que lo infalible continúe en lo falible, o lo divino en lo humano.
Como el ministerio apostólico fue temporal, entonces los presbíteros o pastores son los más altos oficiales permanentes de la Iglesia, además las Escrituras no hacen mención algín otro tipo de oficial intermedio permanente además de los apóstoles y los presbíteros-obispos del Nuevo Testamento. No hay mandamientos para nombrar tales oficiales, ningún registro de sus nombramientos, ninguna especificación de sus calificaciones, ningún título para ellos, ni en las Escrituras, ni en la historia de la iglesia del Señor.
III. Como los presbíteros son todos del mismo rango, y como ellos ejercen su poder en el gobierno de la Iglesia conjuntamente con el pueblo, o sus representantes, esto por necesidad da lugar a los consistorios en nuestras congregaciones individuales, y a Presbiterios, Sínodos y Asambleas, para el ejercicio de la jurisdicción más amplia de una iglesia nacional. Este es el tercer principio presbiteriano.
Con este principio damos por sentado el principio de la unidad de la Iglesia de Cristo, en contra la doctrina de los congregacionalistas independientes.
Los principios de gobierno establecidos en la Escritura obligan a toda la Iglesia. Los términos de admisión, y los motivos legítimos de exclusión, son en todas partes los mismos. Las mismas calificaciones han de ser en todas partes exigidas para la admisión al sagrado ministerio, y los mismos motivos para la deposición.
Todo hombre que es recibido debidamente como miembro de una Iglesia particular, se convierte en miembro de la Iglesia universal; todo el que haya sido excluido justamente de una Iglesia particular, está excluido de toda la Iglesia de Cristo; todo el que haya sido debidamente ordenado al ministerio en una iglesia, es ministro de la Iglesia universal, y si es depuesto justamente en una, deja de ser un ministro en cualquier otra.
De manera que, aunque la iglesia particular tiene derecho a administrar sus propios asuntos y administrar su propia disciplina, no puede ser independiente e irresponsable en el ejercicio de ese derecho. Como sus miembros son miembros de la Iglesia universal, y aquellos a los que se excomulga son, según la teoría de la Escritura, entregados a Satanás y cortados de la comunión de los santos, los actos de una iglesia en particular se convierten en los actos de toda la Iglesia y, por lo tanto, el conjunto tiene el derecho a comprobar que son llevados a cabo conforme a la ley de Cristo.
Este principio implica, el derecho de apelación; y el derecho de revisión y control.
La Iglesia, en la era apostólica, no consistía en congregaciones aisladas e independientes, sino que fue un cuerpo, del cual las distintas iglesias eran miembros constituyentes, cada una sujeta a todas las demás, o a una autoridad que se extendía sobre todos.